5. Determinar el título que antecede a la ocupación.

El titulo que antecede a la ocupación es la ley puesto que es la que otorga el derecho  y el hecho que genera obligaciones. En el caso de la ocupación, el titulo y el modo son el mismo puesto que por si mismos como modo de adquirir generan el dominio. Al no haber un titulo antecedente que genere obligaciones, tendremos que reconocer que el modo en calidad de originario es la ley.