4. Clases de Accesión

De inmueble a inmueble (Aluvión, Avulsión, mutación de cause o álveo, formación de islas)
- De mueble a inmueble (Construir con materiales ajenos en suelo propio; construir con materiales propios en terreno ajeno)
- De mueble a mueble (Adjunción, Especificación y mezcla)

4.1 Criterios para establecer cuál es la cosa principal y cuál la accesoria:

a) Principal: La cosa principal es la que puede existir por sí misma.

b) Accesoria: Necesita de una cosa principal para poder existir.

Criterios:

a) Si la cosa tiene posibilidad de subsistir por sí misma será principal, de lo contrario será accesoria. Ejemplo: El terreno será principal frente a la edificación que será accesoria.

b) Si la cosa tiene como finalidad servir al uso cultivo o beneficio de una heredad, será accesoria. Ejemplo: Inmuebles por destinación (Art 658 C.C)

c) Si de los dos criterios anteriores, no puede deducirse cuál es principal y cuál es accesoria, la de mayor valor económico, será la principal.(Art 729 C.C)

d) Para definir la calidad de la cosa, habrá que mirar el volumen, la de mayor volumen será la principal.[i]

 


[i] Ibíd., p. 55.