9. Características de la tradición:

a) Es un modo derivado. Pues es una forma de transmitir el derecho real por acto entre vivos y necesita la expresión de una voluntad anterior o precedente, la del propietario a favor del adquiriente[i]. Así las cosas, la tradición implica la facultad en intención de transferir el derecho de dominio, es importante resaltar que tener la facultad resulta un tema importante pues solamente puede transferir el derecho de dominio de un bien, quien tiene ese derecho.

b) Es un modo de adquirir por acto entre vivos: Ésta característica surge debido a que la transferencia de un derecho real originado por la muerte de una persona, ya tiene su propio modo, que es la sucesión, y el usufructo, la hipoteca, los derechos personales, tienen cada uno su manera diferente a la tradición.

c) Es a título oneroso o gratuito: En la mayoría de casos la tradición se realiza a título oneroso, a excepción de cuando va precedida de donación, que es a título gratuito.

d) Es una convención: Puesto que la convención es un negocio jurídico que crea, modifica o extingue obligaciones; la tradición es una convención, puesto que tiene como fin exclusivo extinguir una obligación emanada del título.

e) Es un título traslaticio: El título que la origina debe generar la posibilidad de adquirir el derecho real.

f) Es un negocio jurídico bilateral: Necesita de la concurrencia de las voluntades de ambas partes.[ii]

 


[i] Velásquez, Luis G. Características de la tradición. En: Bienes. Bogotá: Editorial Temis S.A., 2010, p.324.

[ii] Ibíd., p. 327.